Texto
del Acuerdo México-Chile
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Indice
Preámbulo
Primera Parte:
Aspectos Generales
Capítulo 1: Disposiciones iniciales
- Artículo
1-01: Establecimiento de la zona de libre comercio
- Artículo
1-02: Objetivos
- Artículo
1-03: Relación con otros tratados internacionales
- Artículo
1-04: Observancia del Tratado
- Artículo
1-05: Sucesión de tratados
- Artículo
1-06: Relación con tratados en materia ambiental y de conservación
Capítulo 2: Definiciones
generales
- Artículo
2-01: Definiciones de aplicación general
- Anexo 2-01:
Definiciones específicas por país
Segunda Parte: Comercio de Bienes
Capítulo 3: Trato nacional y acceso de bienes al mercad
Sección
A -Definiciones
y ámbito de aplicación
- Artículo
3-01: Definiciones
- Artículo
3-02: Ambito de aplicación
Sección
B -Trato
nacional
- Artículo
3-03: Trato nacional
Sección
C -Aranceles
- Artículo
3-04 :Eliminación arancelaria
- Artículo
3-05: Código de Valoración Aduanera
- Artículo
3-06: Admisión temporal de bienes
- Artículo
3-07: Importación libre de arancel aduanero para algunas
muestras comerciales y materiales de publicidad impresos
- Artículo
3-08: Bienes reimportados después de haber sido reparados
o alterados
Sección D-Medidas
no arancelarias
- Artículo
3-09: Restricciones a la importación y a la exportación
- Artículo
3-10: Derechos de trámite aduanero
- Artículo
3-11: Impuestos a la exportación
- Artículo
3-12: Obligaciones internacionales
- Artículo
3-13: Subsidios a la exportación sobre bienes agropecuarios
- Artículo
3-14: Apoyos internos
Sección E -Sector
automotor
- Artículo
3-15: Sector automotor
Sección
F -Consultas
- Artículo
3-16: Comité de Comercio de Bienes
- Artículo
3-17: Suministro de información y consultas
- Anexo
3-01: Vehículo usado
- Anexo
3-03: Excepciones a trato nacional - Medidas de México
- Anexo
3-04(3): Programa de Desgravación,
- Sección
A - Lista de productos de Chile
- Anexo
3-04(3): Programa de Desgravación,
- Sección
B - Lista de productos de México
- Anexo
3-04(4): Lista de excepciones,
- Sección
A - Lista de productos de Chile
- Anexo
3-04(4): Lista de excepciones,
- Sección
B - Lista de productos de México
- Anexo
3-06: Admisión temporal de bienes
- Anexo
3-09: Medidas a las importaciones y exportacioes,
- Sección
A - Medidas de Chile
- Anexo
3-09: Medidas a las importaciones y exportaciones,
- Sección
B - Medidas de México
- Anexo
3-10: Derechos de trámite aduanero
- Anexo
3-11: Impuestos a la exportación
- Anexo
3-15: Sector automotor
Capítulo 4:Reglas
de origen
- Artículo
4-01: Definiciones
- Artículo
4-02: Instrumentos de aplicación e interpretación
- Artículo
4-03: Bienes originarios
- Artículo
4-04: Valor de contenido regional
- Artículo
4-05: Valor de los materiales
- Artículo
4-06: De minimis
Artículo 4-07: Materiales intermedios
- Artículo
4-08: Acumulación
- Artículo
4-09: Bienes y materiales fungibles
- Artículo
4-10: Juegos o surtidos
- Artículo
4-11: Materiales indirectos
- Artículo
4-12: Accesorios, refacciones o repuestos y herramientas
- Artículo
4-13: Envases y materiales de empaque para venta al menudeo
- Artículo
4-14: Contenedores y materiales de embalaje para embarque
- Artículo
4-15: Bienes de la industria automotriz
- Artículo
4-16: Operaciones y prácticas que no confieren origen
- Artículo
4-17: Transbordo y expedición directa
- Artículo
4-18: Subcomité de Reglas de Origen
Capítulo 5:
Procedimientos aduaneros
- Artículo
5-01: Definiciones
- Artículo
5-02: Declaración y certificación de origen
- Artículo
5-03: Obligaciones respecto a las importaciones
- Artículo
5-04: Obligaciones respecto a las exportaciones
- Artículo
5-05: Excepciones
- Artículo
5-06: Registros contables
- Artículo
5-07: Procedimientos para verificar el origen
- Artículo
5-08: Confidencialidad
- Artículo
5-09: Resoluciones anticipadas
- Artículo
5-10: Sanciones
- Artículo
5-11: Revisión e impugnación
- Artículo
5-12: Reglamentaciones Uniformes
- Artículo
5-13: Cooperación
- Artículo
5-14: Subcomité de Aduanas
Capítulo 6:Medidas
de salvaguardia
- Artículo
6-01: Definiciones
- Artículo
6-02: Medidas bilaterales de salvaguardia
- Artículo
6-03: Medidas globales de salvaguardia
- Artículo
6-04: Administración de los procedimientos relativos a
medidas de salvaguardia
- Artículo
6-05: Solución de controversias en materia de medidas de
salvaguardia
- Anexo
6-01: Autoridad investigadora
- Anexo
6-04: Administración de los procedimientos relativos
a medidas de salvaguardia
Tercera Parte: Normas Técnicas
Capítulo
7: Medidas sanitarias y fitosanitarias
- Artículo
7-01: Definiciones
- Artículo
7-02: Disposiciones generales
- Artículo
7-03: Derechos de las Partes
- Artículo
7-04: Obligaciones de las Partes
- Artículo
7-05: Normas internacionales y armonización
- Artículo
7-06: Equivalencia
- Artículo
7-07:Evaluación del riesgo y determinación del nivel
apropiado de protección sanitaria y fitosanitaria
- Artículo
7-08: Reconocimiento de zonas libres y de zonas de escasa prevalencia
de plagas o enfermedades
- Artículo
7-09:Procedimientos de control, inspección y aprobación
- Artículo
7-10:Transparencia
- Artículo
7-11:Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
- Artículo
7-12:Consultas técnicas
- Artículo
7-13:Relación con otros capítulos
- Anexo
7-02: Derogación del Documento de Apoyo Protocolario
Capítulo 8:Medidas relativas a normalización
- Artículo
8-01: Definiciones
- Artículo
8-02: Disposición general
- Artículo
8-03: Ambito de aplicación
- Artículo
8-04: Derechos básicos y obligaciones
- Artículo
8-05: Compatibilidad
- Artículo
8-06: Evaluación de riesgo
- Artículo
8-07: Procedimientos de evaluación de la conformidad
- Artículo
8-08: Procedimientos de autorización
- Artículo
8-09: Notificación, publicación y transparencia
- Artículo
8-10: Limitaciones al suministro de información
- Artículo
8-11: Comité de Medidas Relativas a la Normalización
- Artículo
8-12: Cooperación técnica
- Anexo
8-01: Sectores o subsectores de servicios
- Anexo
8-09: Autoridades encargadas de la notificación
- Anexo
8-11: Integrantes del Comité de Medidas Relativas a
la Normalización
Cuarta Parte: Inversión, Servicios y Asuntos Relacionados
Capítulo 9: Inversión
Sección
A -Definiciones
Capítulo 10: Comercio
transfronterizo de servicios
- Artículo
10-01: Definiciones
- Artículo
10-02: Ambito de aplicación
- Artículo
10-03: Trato nacional
- Artículo
10-04: Trato de nación más favorecida
- Artículo
10-05: Nivel de trato
- Artículo
10-06: Presencia local
- Artículo
10-07: Reservas
- Artículo
10-08: Restricciones cuantitativas
- Artículo
10-09: Liberalización futura
- Artículo
10-10: Liberalización de medidas no discriminatorias
- Artículo
10-11: Procedimientos
- Artículo
10-12: Otorgamiento de licencias y certificados
- Artículo
10-13: Denegación de beneficios
- Artículo
10-14: Comité de Inversión y Comercio Transfronterizo
de Servicios
- Anexo
10-12: Servicios profesionales
Capítulo 11: Servicios
de transporte aéreo
- Artículo
11-01: Definiciones
- Artículo
11-02: Ambito de aplicación
- Artículo
11-03: Consolidación de medidas
- Artículo
11-04: Solución de controversias
- Artículo
11-05: Comité de Transporte Aéreo
- Artículo
11-06: Convenio
- Artículo
11-07: Entrada en vigor
- Anexo
11-05: Integrantes del Comité de Transporte Aéreo
Capítulo 12:Telecomunicaciones
- Artículo
12-01: Definiciones
- Artículo
12-02: Ambito de aplicación
- Artículo
12-03: Acceso a redes y servicios públicos de telecomunicaciones
y su uso
- Artículo
12-04: Condiciones para la prestación de servicios mejorados
o de valor agregado
- Artículo
12-05: Medidas relativas a la normalización
- Artículo
12-06: Monopolios
- Artículo
12-07: Transparencia
- Artículo
12-08: Relación con otros capítulos
- Artículo
12-09: Relación con organizaciones y tratados internacionales
- Artículo
12-10: Cooperación técnica y otras consultas
- Anexo
12-01: Procedimientos de evaluación de la conformidad
- Anexo
12-03: Interconexión de circuitos privados
Capítulo
13: Entrada
temporal de personas de negocios
- Artículo
13-01: Definiciones
- Artículo
13-02: Principios generales
- Artículo
13-03: Obligaciones generales
- Artículo
13-04: Autorización de entrada temporal
- Artículo
13-05: Suministro de información
- Artículo
13-06: Comité de Entrada Temporal
- Artículo
13-07: Solución de controversias
- Artículo
13-08: Relación con otros capítulos
- Anexo
13-04: Entrada temporal de personas de negocios,
- Sección
A - Visitantes de Negocios
- Anexo
13-04: Entrada temporal de personas de negocios,
- Sección
B - Comerciantes e inversionistas
- Anexo
13-04: Entrada temporal de personas de negocios,
- Sección
C - Transferencias de personal dentro de una empresa
- Anexo
13-04: Entrada temporal de personas de negocios,
- Sección
D - Profesionales
- Anexo
13-04(1): Normas específicas por país para
la entrada ntemporal de personas de negocios
Apéndice
13-04(A)(1): Visitantes de Negocios
Apéndice 13-04(A)(3): Medidas migratorias vigentes
Apéndice 13-04(D)(1): Profesionales
Capítulo 14: Política
en materia de competencia, monopolios y empresas de Estado
- Artículo
14-01: Definiciones
- Artículo
14-02: Legislación en materia de competencia
- Artículo
14-03: Monopolios y empresas del Estado
- Artículo
14-04: Empresas del Estado
- Artículo
14-05: Comité de Comercio y Competencia
- Anexo
14-01: Definiciones específicas sobre empresas del
Estado
Quinta Parte:
Propiedad Intelectual
Capítulo
15: Propiedad intelectual
Sección
A -Definiciones
y disposiciones generales
- Artículo
15-01:Definiciones
- Artículo
15-02:Protección de los derechos de propiedad intelectual
- Artículo
15-03:Relación con otros convenios sobre propiedad intelectual
- Artículo
15-04:Trato nacional
- Artículo
15-05:Trato de nación más favorecida
- Artículo
15-06:Control de prácticas y condiciones abusivas o contrarias
a la competencia
- Artículo
15-07: Cooperación para eliminar el comercio de bienes
objeto de infracciones
- Artículo
15-08:Alcance de la cooperación
Sección B -Derechos
de autor y derechos conexos
- Artículo
15-09:Derechos de autor
- Artículo
15-10:Artistas intérpretes o ejecutantes
- Artículo
15-11:Productores de fonogramas
- Artículo
15-12:Protección de señales de satélite
portadoras de programas
- Artículo
15-13:Facultades conferidas a los derechos de autor y derechos
conexos
- Artículo
15-14:Duración de los derechos de autor y de los derechos
conexos
Sección C -Marcas
de fábrica o de comercio
- Artículo
15-15:Materia objeto de la protección
- Artículo
15-16:Derechos conferidos
- Artículo
15-17:Marcas de fábrica o de comercio notoriamente conocidas
- Artículo
15-18:Excepciones
- Artículo
15-19:Duración de la protección
- Artículo
15-20:Requisito de uso
- Artículo
15-21:Renovación de una marca
- Artículo
15-22:Otros requisitos
- Artículo
15-23:Licencias y cesión
Sección D -Denominaciones
de origen
- Artículo
15-24: Denominaciones de origen
Sección
E -Observancia
de los derechos de propiedad intelectual
- Artículo
15-25: Definiciones
- Artículo
15-26: Obligaciones generales
- Artículo
15-27: Procedimientos justos y equitativos
- Artículo
15-28: Pruebas
- Artículo
15-29: Mandamientos judiciales
- Artículo
15-30: Perjuicios
- Artículo
15-31: Otros recursos
- Artículo
15-32: Derecho de información
- Artículo
15-33: Indemnización al demandado
- Artículo
15-34: Procedimientos administrativos
- Artículo
15-35: Medidas provisionales
Prescripciones
especiales relacionadas con las medidas en frontera
- Artículo
15-36:Suspensión del despacho de aduana por la autoridades
aduaneras
- Artículo
15-37:Demanda
- Artículo
15-38:Fianza o garantía equivalente
- Artículo
15-39:Notificación de la suspensión
- Artículo
15-40:Duración de la suspensión
- Artículo
15-41:Indemnización al importador y al propietario de
las mercancías
- Artículo
15-42:Derecho de inspección e información
- Artículo
15-43:Actuación de oficio
- Artículo
15-44:Recursos
- Artículo
15-45:Importaciones insignificantes
- Artículo
15-46:Procedimientos penales
Sección F -Disposiciones
finales
- Artículo
15-47: Aplicación de las normas de este capítulo
- Anexo
15-21: Renovación de una marca
- Anexo
15-24: Denominaciones de origen
Sexta Parte:
Disposiciones Administrativas e Institucionales
Capítulo
16: Transparencia
- Artículo
16-01: Definiciones
- Artículo
16-02: Centro de información
- Artículo
16-03: Publicación
- Artículo
16-04: Notificación y suministro de información
- Artículo
16-05: Procedimientos administrativos
- Artículo
16-06: Revisión e impugnación
Capítulo
17: Administración
del Tratado
- Artículo
17-01: Comisión de Libre Comercio
- Artículo
17-02: Secretariado
- Anexo
17-01(1):Funcionarios de la Comisión de Libre Comercio
- Anexo
17-01(2):Comités y Subcomités
- Anexo
17-01(3):Implementación de las modificaciones aprobadas
por la Comisión
- Anexo
17-02:Remuneración y pago de gastos
Capítulo
18:Solución de controversias
Sección
A - Solución
de controversias
- Artículo
18-01:Cooperación
- Artículo
18-02:Ambito de aplicación
- Artículo
18-03:Solución de controversias conforme al Acuerdo sobre
la OMC
- Artículo
18-04:Consultas
- Artículo
18-05:Intervención de la Comisión, buenos oficios,
conciliación y mediación
- Artículo
18-06:Solicitud de integración del grupo arbitral
- Artículo
18-07:Lista de árbitros
- Artículo
18-08:Cualidades de los árbitros
- Artículo
18-09:Constitución del grupo arbitral
- Artículo
18-10:Reglas modelo de procedimiento
- Artículo
18-11:Función de los expertos
- Artículo
18-12:Comités de revisión científica
- Artículo
18-13:Informe preliminar
- Artículo
18-14:Informe final
- Artículo
18-15:Cumplimiento del informe final
- Artículo
18-16:Incumplimiento - suspensión de beneficios
Sección B -Procedimientos
internos y solución de controversias comerciales y
privadas
- Artículo
18-17:Interpretación del Tratado ante instancias judiciales
y administrativas internas
- Artículo
18-18:Derechos de particulares
- Artículo
18-19:Medios alternativos para la solución de controversias
- Anexo
18-02: Anulación y menoscabo
Capítulo
19: Excepciones
- Artículo
19-01: Definiciones
- Artículo
19-02: Excepciones generales
- Artículo
19-03: Seguridad nacional
- Artículo
19-04: Excepciones a la divulgación de información
- Artículo
19-05: Tributación
- Artículo
19-06: Balanza de pagos
- Anexo
19-05: Autoridades competentes
Capítulo 20: Disposiciones
finales
- Artículo
20-01: Anexos
- Artículo
20-02: Modificaciones y adiciones
- Artículo
20-03: Convergencia
- Artículo
20-04: Duración y entrada en vigor
- Artículo
20-05: Reservas
- Artículo
20-06: Adhesión
- Artículo
20-07: Denuncia
- Artículo
20-08: Negociaciones futuras
- Artículo
20-09: Cooperación en materia de reglas de origen
- Artículo
20-10: Derogaciones y disposiciones transitorias
ANEXO I:
Reservas en relación con medidas existentes y compromisos
de
liberalización
- Lista de
Chile
- Lista de
México
ANEXO II:
Reservas en relación con medidas futuras
- Lista de
Chile
- Lista de
México
ANEXO III:
Actividades reservadas al Estado
ANEXO IV:
Excepciones al trato de nación más favorecida
- Lista de
Chile
- Lista de
México
ANEXO V:
Restricciones cuantitativas
- Lista de
Chile
- Lista de
México
ANEXO VI:
Compromisos futuros
- Lista de
Chile
- Lista de
México
Reglamentaciones
Uniformes para la Interpretación, Aplicación y Administración
de
los Capítulos 3 (Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado)
y 5 (Procedimientos
Aduaneros) del Tratado de Libre Comercio entre la República
de Chile y los Estados
Unidos Mexicanos
Primera
Parte: Generalidades
- Artículo
I: Disposiciones Generales
- Artículo
II: Definiciones
Segunda
Parte: Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado
- Artículo
III: Transbordo y expedición directa
- Artículo
IV: Aadministración de Cupos
Tercera
Parte: Procedimientos Aduaneros
- Artículo
V: Certificado de Origen
- Artículo
VI: Declaración de Origen
- Artículo
VII: Obligaciones respecto a las Importaciones
- Artículo
VIII: Obligacionse respecto a las Exportaciones
- Artículo
IX: Exepciones
- Artículo
X: Registros Contables
- Artículo
XI: Procedimientos para Verificar el Origen
- Artículo
XII: Resoluciones Anticipadas
- Artículo
XIII: Revisión e Impugnación
Anexo IV.6:
Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos
y la República
de Chile. Certificado Automotriz
Anexo V.6:
Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos
y la República
de Chile. Certificado de Origen
Anexo VI.6:
Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos
y la República
de Chile. Declaración de Origen
Anexo VII.6:
Declaración corregida
Anexo IX
Anexo XI.8
Anexo XI.24
Anexo XII.2
Anexo XII.5
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